viernes, 17 de diciembre de 2010

Internet y telefonía en proyectos de Ley Resorte y LOTel


En vísperas de la extinción de su período constitucional, la Asamblea Nacional agonizante, dominada por el partido de gobierno, se propone aprobar sendas reformas a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones [LOTEL], que afectan a la actividad de telecomunicaciones en general, incluso a los servicios de telefonía e Internet; y a la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (también llamada Ley Resorte), cuyos principales cambios son, precisamente, para incluir en su ámbito de regulación a las comunicaciones por medios electrónicos, incluyendo telefonía e Internet, y a los proveedores de tales servicios.
I
La Ley Resorte cambia su denominación para llamarse ahora Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. Y en concordancia con ello, el artículo 1 de la Ley es también modificado para ampliar su objeto y ámbito de aplicación.
En efecto, a partir de la aprobación de la reforma, la Ley tendrá por objeto establecer la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión, pero también de los proveedores de medios electrónicos, en la difusión y recepción de mensajes (Art. 1), por lo tanto, el principio general anunciado es que el responsable de los mensajes que circulen en las comunicaciones telefónicas y de Internet ya no es solamente el autor del mensaje, sino también el proveedor del medio electrónico .
Igualmente se prevé que las disposiciones de la Ley se aplicarán a todo texto, imagen o sonido cuya difusión y recepción tengan lugar dentro de Venezuela, y sea realizada a través de los medios electrónicos. En consecuencia, todos los mensajes de Internet que circulen a través de teléfonos, computadoras u otros medios electrónicos ubicados en Venezuela, quedarán sometidos a la regulación legal.
II
Otra disposición relevante de la reforma es el artículo 28, con cuya aprobación se prohibiría difundir a través de teléfonos, computadoras y demás medios electrónicos, mensajes que tengan las siguientes características:
1.  Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
2.    Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
3.    Constituyan propaganda de Guerra.
4.    Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5.    Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
6.    Induzcan al homicidio.
7. Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
Lo llamativo de esta disposición es, en primer término, la ambigüedad de algunos numerales. En principio, parece fácil sancionar por un mensaje que de manera inequívoca convoque o exhorte a cometer un homicidio (Num. 6). Pero no parece igual de fácil sancionar por otro tipo de mensajes.
Informar sobre un terremoto o una emergencia natural, o convocar a una huelga o actividad de protesta pública, ¿serían mensajes que fomentan la zozobra o que alteran el orden público? (Num. 4). Criticar preceptos normativos aprobados por el parlamento o por el Presidente de la República, ¿sería un mensaje que promueve el incumplimiento del ordenamiento vigente? (Num. 7).
En segundo término, es igual de llamativo que, para hacer cumplir esta disposición, la Ley hace recaer en los proveedores de medios electrónicos la obligación de establecer mecanismos que permitan restringir, sin dilaciones, la difusión de alguno de los mensajes antes señalados, cuando ello sea solicitado por CONATEL en ejercicio de sus competencias, en cuyo caso se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 33 de la Ley.
Dicho artículo 33 permitiría que, en la apertura o en el curso de un procedimiento sancionatorio o de cualquier índole, CONATEL podrá ordenar a los proveedores de medios electrónicos, que se abstengan de difundir mensajes que infrinjan los supuestos establecidos en la Ley. Independientemente del contenido del mensaje que pretenda restringirse, esta disposición es manifiestamente contraria al artículo 57 de la Constitución, que explícitamente prohíbe la Censura Previa.
Además, se hace responsables a los proveedores de medios electrónicos por la información y contenidos prohibidos a que hace referencia el artículo 28, en aquellos casos que hayan originado la transmisión, modificado los datos, seleccionado a los destinatarios o no hayan limitado el acceso a los mismos, en atención al requerimiento efectuado por CONATEL. De modo que el responsable de los mensajes que circulen en comunicaciones telefónicas o de Internet sería, además del autor del mensaje (el tuitero, el forista de algún portal electrónico, o quien escribe un mensaje de texto o de correo electrónico), sino el proveedor del medio electrónico (Movistar o Intercable, por ejemplo, pero también Movilnet).
En este orden de ideas, los responsables de los medios electrónicos pueden ser sancionados con revocatoria de la habilitación administrativa (Art. 170 LOTEL) y con multa desde 50 hasta 200 Unidades Tributarias (equivalente en el 2010 a: de 3.250,00 Bs a 13.000,00 Bs), cuando violen cualquiera de las prohibiciones contenidas en el artículo 28. Lo que quiere decir, en definitiva, que si una persona escribe en Twitter, hace un comentario en algún portal electrónico, o simplemente escribe un mensaje de texto o de correo electrónico y lo difunde, no sólo será sancionado el autor del mensaje sino también el proveedor del medio electrónico.
El artículo 28 implica, entonces:
1.    Que CONATEL podrá ordenar a los proveedores de medios electrónicos, abstenerse de difundir mensajes que a juicio de CONATEL infrinjan o podrían infringir los supuestos establecidos en la Ley.
Así, por ejemplo, CONATEL podría ordenar a los proveedores de medios electrónicos que se abstengan de difundir tweets, mensajes de texto o mensajes de correo electrónico, relativos a la convocatoria de una marcha o de una protesta pública, porque ese mensaje podría alterar el orden público. O podría ordenarles que se abstengan de difundir mensajes de correo electrónico que critiquen preceptos legales, porque podrían promover el incumplimiento del ordenamiento jurídico.
2.    Que los proveedores de medios electrónicos, interesados en evitar que los sancionen por una conducta ajena, se verán forzados a establecer -en cuanto sea posible- mecanismos tecnológicos que les permitan revisar, moderar y desde luego censurar, aquellos mensajes que podrían ser interpretados como violatorios del artículo 28 de la Ley.
O sea, que si no lo hace CONATEL, es posible, por ejemplo, que portales electrónicos de noticias se abstengan de difundir informaciones relativas a la convocatoria de una marcha o de una protesta pública, u opiniones de quienes critiquen preceptos legales, por temor a que CONATEL interprete que esos mensajes podrían violar el artículo 28 de la Ley.
En ambos casos, CONATEL y/o los proveedores de medios electrónicos estarían ejerciendo la Censura Previa que explícitamente prohíbe el artículo 57 de la Constitución.
3.    Que si los proveedores de medios electrónicos no censuran previamente un mensaje que a juicio de CONATEL, es violatorio del artículo 28 de la Ley, serán sancionados por un mensaje ajeno del que no son responsables. Y esto es algo así como sancionar al concesionario que me vendió el carro con el que atropellé posteriormente a un ciudadano.
III
Por su parte, el cambio más llamativo propuesto por la LOTEL -aparentemente eliminado en la primera discusión de la Ley, pero que podría restituirse a posteriori- es la facultad que se le atribuye al Estado para crear un punto de interconexión o punto de acceso a la red de los proveedores de servicios de Internet en Venezuela, con la finalidad de manejar el tráfico con origen y destino en Venezuela. Y le corresponderá al Estado determinar el modelo, limitaciones, requisitos, cronograma de implementación y cualquier otro aspecto necesario para obtener las condiciones que se estimen convenientes para su adecuada implementación (Art. 212). Ello permitiría al Estado restringir de modo fácil y discrecional el acceso a contenidos o sitios web cuyo acceso público no interese al Estado, tal como ocurre en países de gobierno autocrático (China, por ejemplo).
Otro cambio relevante es que toda la actividad de telecomunicaciones es declarada de Servicio Público, lo que en principio conlleva implicaciones tales como: (i) Facultad del Estado para revocar discrecionalmente las habilitaciones y concesiones administrativas otorgadas por el propio Estado (Art. 70); (ii) Facultad del Estado para revertir la propiedad de los bienes privados afectados al servicio (Art. 22), es decir, que los bienes pertenecientes a los proveedores de medios electrónicos podrían ser revertidos al Estado al término de la habilitación; y, (iii) Amplísimas facultades de regulación e inspección de la actividad.

viernes, 19 de noviembre de 2010

Constitución, Indígenas, Wayuu y Unesco

Conforme al artículo 260 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, “Las autoridades legítimas de los pueblos indígenas podrán aplicar en su hábitat instancias de justicia con base en sus tradiciones ancestrales y que sólo afecten a sus integrantes, según sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a esta Constitución, a la ley y al orden público. La ley determinará la forma de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional”.
Antes de Venezuela, ya dos países andinos habían hecho un reconocimiento similar al de la Constitución venezolana. La Constitución de Colombia estableció en 1991 que “[l]as autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República…” (Art. 246). Y en 1993, la Constitución de Perú dispuso que “[l]as autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona…”.
Después de Venezuela, otros dos países andinos hicieron lo propio. Primero Ecuador, en cuya Constitución del 2008 se señaló que “[l]as autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio,… Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.” (Art. 171)
Finalmente, en el 2009, pero con más amplitud que todas las anteriores, la Constitución de Bolivia determinó que “Las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios…” (Arts. 190 y ss.).
Debe destacarse que en todos los casos, el verbo empleado por todas las constituciones es “reconocer” el sistema normativo y jurisdiccional indígena, lo que implica que ninguno de los textos constitucionales está creando la jurisdicción indígena sino que está admitiéndose en el ordenamiento constitucional una situación preexistente, lo que en la tipología de García-Pelayo supone una aproximación al concepto histórico de Constitución, más que al racional-normativo.
Por si todo lo anterior resultara insuficiente, antes de todas estas constituciones ya existía el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales (1989), en cuyo artículo 8 se dispuso que, al aplicar la legislación nacional a los pueblos indígenas, “deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario”, y que “dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos.”.
Ahora bien, ¿qué tienen de especial los sistemas normativos y jurisdiccionales indígenas que les han valido, primero el reconocimiento de la OIT y luego el reconocimiento constitucional en todos los países andinos? Pues resulta que hace dos días la UNESCO decidió, y tuvo gran efecto mediático, incluir por primera vez a la gastronomía en la lista de patrimonio cultural inmaterial de la humanidad (al incorporar la gastronomía francesa, la cocina tradicional mexicana y la dieta mediterránea). Pero, aunque tuvo menos resonancia, la UNESCO tomó otra decisión igual de relevante pero probablemente más importante para Venezuela o al menos más cercana a nuestra realidad que la anterior.
Y es que, precisamente a petición de Colombia, la UNESCO declaró Patrimonio Cultural Intangible de la Humanidad al sistema normativo de los wayuus, propio de una comunidad indígena asentada en la Península de La Guajira, situada entre Colombia y Venezuela. El sistema normativo que ahora es patrimonio cultural de la humanidad comprende –según la UNESCO– un conjunto de principios, procedimientos y ritos que rigen la conducta social y espiritual de esa comunidad.
Según la nota de la UNESCO, el sistema está inspirado en principios de reparación y compensación y es aplicado por las autoridades morales autóctonas: los pütchipü’üis o “palabreros”, personas experimentadas en la solución de conflictos y desavenencias entre los clanes matrilineales de los wayuus. Cuando surge un litigio, las partes en conflicto, agresores y agredidos, solicitan la intervención de un pütchipü’üi, quien examina la situación y posteriormente comunica a las autoridades pertinentes su propósito de resolver el conflicto por medios pacíficos. Si la palabra –pütchikalü– se acepta, se entabla el diálogo en presencia del pütchipü’üi, quien actúa con diplomacia, cautela y lucidez.
El sistema de compensación acude a símbolos, representados fundamentalmente por la oferta de collares confeccionados con piedras preciosas o el sacrificio de vacas, ovejas y cabras. Incluso los crímenes más graves pueden ser objeto de compensaciones, que se ofrecen en el transcurso de ceremonias especiales a las que se invita a las familias en conflicto para restablecer la armonía social mediante la reconciliación. La función de pütchipü’üi recae en tíos maternos –parientes especialmente respetados en el sistema de clanes matrilineales de los wayuus– que se destacan por sus virtudes en el plano ético y moral.
Una vez más, Colombia le ganó en iniciativa a los demás países andinos, primero cuando hizo el reconocimiento constitucional, y ahora cuando impulsó –y logró con éxito– que la UNESCO haya hecho del sistema normativo y jurisdiccional wayuu un patrimonio cultural no sólo de esa comunidad indígena, sino de toda la humanidad.
El reto que proponen las constituciones andinas es, según Raquel Yrigoyen, elaborar leyes de desarrollo constitucional que resuelvan al menos dos aspectos: (i) Establecer mecanismos de coordinación entre la jurisdicción especial indígena y el sistema judicial nacional, o entre las funciones de justicia indígenas y los poderes del Estado; y, (ii) Establecer procedimientos para solucionar las incompatibilidades que puedan surgir entre el derecho consuetudinario y los derechos humanos.
Esto parece haberse logrado en Venezuela a través de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005), en la que el Estado confirmó el reconocimiento del Derecho propio de los pueblos indígenas, “conformado por los sistemas de normas, principios, valores, prácticas, instituciones, usos y costumbres que cada pueblo indígena considere legítimo y obligatorio y que les permite regular la vida social y política, autogobernarse, organizar el orden público interno, establecer derechos y deberes, resolver conflictos y tomar decisiones en el ámbito interno” (Art. 125).
En virtud de ello, se le reconoce a los pueblos indígenas “la potestad de aplicar instancias de justicia dentro de sus tierras por sus autoridades legítimas y que solo afecten a sus integrantes, de acuerdo a su cultura y necesidades sociales, siempre que no sea incompatible con los derechos humanos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por la República, interculturalmente interpretados”, todo ello en el marco de los principios de coordinación establecidos por los artículos 126 y subsiguientes de la misma ley.
Los veo en el próximo post...

domingo, 14 de noviembre de 2010

Creadores y parásitos: Un texto que merece calcarse

Miro a mi hijo y me pregunto si algún día tendremos que confesar que no logramos ayudar a crear un país donde él quiera quedarse a vivir
Yoani Sánchez [Cuba]

Hoy en la mañana los venezolanos nos hemos topado en El Universal con un fabuloso artículo de Luis Vicente León, Creadores vs Parásitos, que por estar escrito para sus hijos, los morochos, ha tocado una fibra de todos los que compartimos las ideas allí expresadas, pero en especial de quienes tenemos hijos pequeños como los tiene él, y sobretodo de quienes como él, no sabemos aún porqué obligamos a nuestros hijos a vivir en este primitivismo. Quiero dar testimonio ante mis hijos de esas ideas, y para ello me he tomado la libertad de remedar el texto de Luis Vicente, con algunos añadidos y comentarios personales.
A mis pequeños: ¡Qué pena que este hermoso país esté lleno de intolerancia, discursos agresivos, expropiaciones, ataques e infamias para justificarlas, generalizaciones, chivos expiatorios, populismo barato, promesas de repartir lo que otros han creado, control vulgar de las instituciones e inseguridad complacida! Y lo peor es que esto sólo está comenzando. En este punto, que seguramente empeorará, quiero compartir con ustedes unas líneas escritas hace 60 años, pero nunca con más actualidad.
Necesito blindarlos del ambiente primitivo en el que –por egoísmo o valentía, por miedo de emigrar al futuro o porque tengo aún la esperanza de construir acá el futuro, o simplemente porque no queremos resignarnos, aún no lo sé– les estoy obligando a vivir.
Miles de años atrás un hombre descubrió cómo hacer fuego. Probablemente fue quemado en la misma estaca en la que había enseñado a encender a otros. Seguramente se le consideró un maldito que había pactado con el demonio. Pero desde entonces, los hombres tuvieron fuego para calentarse, cocinar e iluminar sus cuevas. Siglos más tarde, un gran hombre inventó la rueda. Probablemente fue atormentado con el mismo aparato que había enseñado a construir. Seguramente se le consideró un transgresor que se había aventurado por territorios prohibidos. Pero desde entonces los hombres pudieron viajar más allá de cualquier horizonte. Ese gran hombre, el rebelde, está en el primer capítulo de cada leyenda que la humanidad ha registrado desde el principio y ese héroe pagó por su valentía.
Heredamos los productos del pensamiento de otro. Heredamos la rueda y creamos el carro. El carro se transformó en automóvil y el automóvil en avión. Pero aquello que recibimos de los demás es el producto final de su pensamiento. La fuerza que lo impulsa es la facultad creativa que toma ese producto como un material, lo usa y origina el siguiente paso. Esa facultad creativa no puede ser dada ni recibida, compartida ni concedida en préstamo (mucho menos expropiada). Aquello que se crea es propiedad del creador. Las personas aprenden una de otras, pero todo aprendizaje es sólo un intercambio de material. Nadie puede darle a otro la capacidad de pensar. Sin embargo, esa capacidad es nuestro único medio de supervivencia.
Nada nos es dado en la tierra. Todo lo que necesitamos debe ser producido. Y aquí el ser humano afronta su alternativa básica: puede sobrevivir por el trabajo autónomo de su propia mente o como un parásito alimentado por las mentes de los demás.
La necesidad básica del creador es la independencia. La mente que razona no puede trabajar bajo ninguna forma de coerción. No puede ser sometida, sacrificada o subordinada a ninguna consideración.
A los hombres se les ha enseñado que la virtud más alta no es crear sino dar. Sin embargo, no se puede dar lo que no ha sido creado. La creación es anterior a la distribución, pues de lo contrario no habría nada que distribuir. No obstante, se nos ha enseñado a admirar al parásito que distribuye como regalos lo que no ha producido.
Desde el principio de la historia, los dos antagonistas han estado frente a frente: el creador y el parásito. El creador, atacado, siguió adelante y guió a la humanidad con su energía. El parásito no contribuyó en nada más que en los obstáculos. El ‘bien común’ ha sido la pretensión y justificación de toda tiranía que se haya establecido sobre los hombres. Los mayores horrores de la historia han sido cometidos en nombre de móviles altruistas. Cambian los actores, pero el curso de la tragedia se mantiene idéntico: un humanitario que empieza con declaraciones de amor y termina con un baño de sangre.El manantial de Ayn Rand.
Ricardo y Mariana: nunca se dejen engañar por los parásitos… porque éstos de seguro los esclavizarán.
¡Gracias Luis Vicente! Artículo original de L.V. León, disponible en:
http://opinion.eluniversal.com/2010/11/14/opi_art_creadores-vs.-parasi_2093400.shtml

sábado, 13 de noviembre de 2010

Responsabilidades de los abogados en Venezuela

Continúa… 4/4
No hay peor tiranía que la que
se ejerce a la sombra de las leyes
Montesquieu
Casi todo lo que realice será insignificante,
pero es muy importante que lo haga
Gandhi
Finalizo el debate que introduje e inicié en mis tres artículos anteriores, y cierro con la sexta interrogante: 6. ¿Qué otras responsabilidades tenemos los abogados frente al País y a la profesión?
Como bien lo ha señalado recientemente Elías Pino I., Presidente de la Academia Nacional de la Historia, los intelectuales tenemos la obligación fundamental de pensar desde la perspectiva y las obligaciones de nuestro oficio y de nuestra especialidad. Esa debe ser nuestra vocación y misión. Para eso nos formamos y para eso estamos en este mundo. Y tenemos la obligación de hacerlo con dos orientaciones predominantes:
“… un pensamiento universal y, si se quiere, aséptico, determinado esencialmente por la necesidad de saciar un saber y de crear conocimientos relacionados con ese saber; y un pensamiento comprometido con la realidad de la cual forman parte, tras el cometido de cambiarla o de evitar que cambie.”
En ese sentido y al igual que varios de mis colegas, no me siento conforme con lo que hemos hecho en nuestro oficio. La mayoría de los abogados hemos sido indulgentes con la demolición del Estado de Derecho en Venezuela, por diversas razones [Los timoratos tienen miedo hasta de expresar una opinión en los medios de comunicación social. Los optimistas piensan que esto no se pondrá peor. Los ciegos dudan aún de las perversidades del proceso y hasta justifican algunas acciones. Los flojos son los que simplemente son indiferentes. Y los peores son los comodones, que se “conectaron” o “acomodaron” al proceso para sacar provecho.]
En la actual circunstancia, son necesarias iniciativas con trascendencia que contribuyan a la restauración de la democracia y del Estado de Derecho. Y para ello, insisto, es necesario salir de la zona de confort en la que muchos de nosotros nos hemos instalado. Soy de los que creo que tanto en la política, como en el periodismo y en el Derecho, toca arriesgar por los principios, los fundamentos, y en el caso nuestro, enredarse menos en la agenda política y mediática o con las anécdotas del caudillo de turno, pues el verdadero futuro del Derecho en Venezuela tiene más que ver con los valores, los principios y los fundamentos, que con las reglas y su dogmática.
Vuelvo a parafrasear a Elías Pino para advertir que no estoy proponiendo formar un partido político ni dominar un periódico o una revista de gran circulación. Se trata, eso sí, de no rumiar a solas nuestras reflexiones, sino de encontrarnos entre nosotros cuando debamos encontrarnos y cantar en coro cuando debamos cantar así. También de encontrarnos con nuestros pares en exterior para advertirles sobre la situación de Venezuela y para lograr su atención y su colaboración.
Se trata igualmente de hacer inmensos espacios en nuestro quehacer cotidiano, en la investigación y la escritura. Toca asumir iniciativas como la de incrementar la literatura fundamental y la literatura reproche, y no sólo hacer literatura dogmática sobre “lo que dicen” las leyes socialistas. Educar y formar a la juventud en las universidades, para quienes su única experiencia de democracia es este desastre que padecemos. Impugnar sistemáticamente las leyes socialistas, así sea con el único propósito de “levantar acta” y documentar para la historia y para la justicia del futuro a los “juristas del horror”. E incluso educar a la ciudadanía mediante la formación de opinión pública; entre otros.
Fin de esta serie… Por ahora

jueves, 11 de noviembre de 2010

Hacer dogmática jurídica en Venezuela


Continúa… 3/4
Continúo el debate que introduje e inicié en mis dos artículos anteriores, y lo hago con la quinta interrogante: 5. ¿Tiene provecho continuar haciendo dogmática jurídica en Venezuela?
Entiendo la dogmática como un método basado en la elaboración de sistemas formales y complejos, compuestos por dogmas o tipos jurídicos que normalmente han de extraerse del contenido de las normas jurídicas positivas, mediante el uso de la abstracción y de una serie de operaciones lógicas que otorgan a la dogmática jurídica un carácter eminentemente sistemático. La pregunta que propongo entonces es la siguiente: ¿Tiene provecho que los juristas sigamos elaborando sistemas formales de dogmas y categorías jurídicas a partir del contenido del Derecho positivo venezolano? Propongo dos distinciones.
La primera es que hay leyes emanadas de este gobierno que –a mi parecer– no son leyes socialistas o definitorias del régimen, vgr.: Ley del Estatuto de la Función Pública [LEFP]; otras, por el contrario, son leyes vinculadas a la construcción del socialismo, vgr.: Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso para los Bienes y Servicios [Ley DEPABIS] o Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa [LOJCA]. Las primeras pueden o pudieron ser recibidas con alborozo por la comunidad, porque son mejores que las anteriores (en términos técnicos y de su aplicación efectiva), y en consecuencia dejan espacio para hacer literatura dogmática, como en efecto yo creo que ocurre con la LEFP.
Las segundas son otra cosa. La Ley DEPABIS es un adefesio intencionalmente concebido para resquebrajar por una vía jurídica “legítima” la libertad económica y el derecho de propiedad privada en Venezuela. La segunda, la LOJCA, es un instrumento que al tenor de su proceso de formación, fue concebido para socavar las garantías jurídicas de los ciudadanos y establecer un proceso que “examina la mera legalidad de la actividad administrativa, para hacer prevalecer los intereses públicos” [palabras textuales del Informe parlamentario], y aunque su articulado no lo revele de igual modo, disponemos de antecedentes suficientes para no concederle a la LOJCA el beneficio de la duda. Prefiero esperar por su aplicación judicial antes de recibirla con alborozo y hacer balances positivos sobre ella. ¿Qué tipo de literatura puede haber sobre estas leyes socialistas? Voy con mi segunda distinción.
Yo evalúo la literatura jurídica desde tres perspectivas distintas: Literatura fundamental: Priva el análisis de la Ciencia del Derecho y se centra en sus principios y fundamentos o en los principios y fundamentos de alguna doctrina o institución [p.e.: Génesis y teoría del Estado de Justicia. Hugo Echarri. Buenos Aires: Ius Publicum. 2006]. Literatura dogmática: Prevalece el análisis de alguna institución o legislación, con el propósito de describirla, explicarla, comentarla y sistematizarla, para facilitar y mejorar su aplicación por los operadores jurídicos [p.e.: Manual de Derecho Contencioso Administrativo. Miguel A. Torrealba S. Caracas: Texto. 2006]. Literatura “reproche”: Realiza el mismo análisis de una ley o de una sentencia pero con el limitado propósito de desnudar sus vicios y descubrir las perversiones que oculta; o de interpretar jurídicamente hechos históricos recientes que merecen documentarse [buenos ejemplos son La crisis de la democracia venezolana, la Carta Democrática Interamericana y los sucesos de abril de 2002. Allan Brewer-Carías. Caracas: El Nacional. 2002; o La realidad del contencioso administrativo venezolano. Antonio Canova. Caracas: Funeda. 2009]. Desde luego, hay obras que pueden reunir características de dos o de las tres categorías, como por ejemplo: La idea de Derecho en la Constitución de 1999. Francisco Delgado. Caracas: UCV. 2009. Formidable aporte del autor a la reinterpretación de la Constitución venezolana de 1999.
Pues bien, no me siento cómodo cuando a escribo o leo literatura dogmática sobre las leyes socialistas. No me parece útil la descripción, explicación, comentarios y sistematización de una la Ley como la de DEPABIS, para facilitar y mejorar su aplicación por los operadores jurídicos. Me parece más ventajoso y mejor empleado el tiempo en escribir literatura reproche sobre este tipo de leyes, para denunciar y documentar sus vicios y perversiones. El libro de Canova antes referido, por ejemplo, sería el perfecto complemento a cualquier tentativa dogmática sobre la LOJCA.
No obstante, comprendo la postura de quienes insisten en la conveniencia de continuar haciendo dogmática jurídica en Venezuela. Para enseñar Derecho civil, penal, laboral, administrativo, etc., es inevitable transmitir conocimiento sobre el ordenamiento jurídico vigente, y para ello es indispensable que mantengamos actualizado el conocimiento e interpretación de las leyes vigentes, buenas o malas, socialistas o no. ¿Cómo enseñar Contencioso-Administrativo si no conozco e interpreto la nueva LOJCA? Desde este punto de vista, luce posible afirmar que todos los profesores universitarios tenemos la carga de actualizarnos y de hacer dogmática jurídica, al menos mientras seamos profesores universitarios.
Lo que sí no comparto es que, en razón de lo anterior, pueda hablarse de aspectos positivos o negativos en las leyes socialistas, o que una Ley es parcialmente buena o parcialmente mala. Basta leer el Informe parlamentario que precede la LOJCA para darse cuenta que esta Ley es mala, sin matices, lesiva de los fundamentos esenciales del Derecho Administrativo. Que el texto de la Ley no se corresponda enteramente con su Exposición de Motivos no es más que un incidente afortunado, resultado de la suprema ineptitud que caracteriza a los actuales legisladores. Pero es probable que los jueces se encarguen de corregir esta incoherencia.
Por otro lado, coincido con quien ha sostenido que toda la literatura es necesaria pues ampliamos el “arsenal” de armas disponibles para combatir los desmanes jurídicos del Régimen. Igualmente es posible que haya confundido la dogmática con la pureza metódica de Kelsen, o que al menos la haya entendido de modo distinto a otros. Preciso entonces que, si la dogmática se entiende como “el examen del caso concreto a la luz del sistema y su reconducción a éste” (según las palabras de un colega), o no se entiende como un fin en sí mismo sino más bien como un medio para producir la literatura “reproche” a la que me he referido, es probable que la dogmática jurídica me resulte más cómoda, incluso la que versa sobre leyes “socialistas”.
Cerraré esta serie con el próximo artículo dedicado a las responsabilidades de los abogados en Venezuela.
Continuará

martes, 9 de noviembre de 2010

El estudio y la enseñanza del Derecho en Venezuela


Continúa… 2/4
En línea con lo que anuncié en mi anterior artículo, inicio mis reflexiones sobre el debate que introduje en dicho artículo, y específicamente sobre las primeras cuatro interrogantes.
1.    ¿Tiene sentido estudiar Derecho en Venezuela?
Cada vez más veces y con mayor contrariedad, nuestros alumnos nos preguntan en clase qué relación de coherencia hay entre la reciente legislación de la Asamblea Nacional y la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, porque ninguna de las dos se corresponden en lo absoluto con los valores y principios constitucionales, y en algunos casos ni siquiera con las reglas. Y no podemos evadir el hecho de que esa contrariedad se traduce, cada vez más, en que los alumnos se pregunten si tiene sentido o no, estudiar Derecho en Venezuela.
En mi criterio sí tiene sentido estudiar Derecho en Venezuela, pero… sólo si el alumno tiene vocación, compromiso, ética, y sobretodo disposición al activismo, en la sociedad civil y/o en la política, por un futuro viable para el ejercicio razonable de la profesión. Eso no puede tenerlo –y me consta que no lo tiene– el alumno que escogió Derecho “porque mis padres son abogados”, o “porque esta carrera es fácil de aprobar”, o “porque voy a ganar buen dinero” o “porque no sabía qué otra cosa estudiar”, o por cualquier otra razón que no implique amor, pasión y compromiso por el Derecho, o al menos cariño a primera vista. Estoy convencido que si el alumno reúne las condiciones mencionadas, no sólo vale la pena estudiar Derecho, sino que merece estudiarlo “ahora más que nunca”.
2.    ¿Tiene valor enseñar Derecho en Venezuela?
Desde luego que sí, claro que tiene valor enseñar Derecho en Venezuela. Si tiene sentido estudiar Derecho, inevitablemente tiene sentido enseñarlo. Es más, si bien la mayoría de nosotros nos hemos convertido en gestores y simples redactores de contratos u otros documentos, es probable que la única labor verdaderamente jurídica que todavía hacemos la mayoría de los profesores universitarios en Venezuela –o al menos los profesores de Derecho constitucional y administrativo– sea, precisamente, enseñar Derecho en las universidades.
De lo que sí debemos tomar conciencia los profesores universitarios es que parte de las cosas trascendentales que debemos hacer es continuar formando a los jóvenes, especialmente –pero no únicamente– en las universidades, y también formar y generar opinión pública. Pero profesores con la formación y trayectoria que tenemos los que no somos ya tan jóvenes, tenemos mayores desafíos que sólo enseñar el Derecho que emana de las leyes socialistas, y buscar el tiempo y la disposición necesarias para emprender tareas jurídicas y políticas –en el sentido más noble de esta palabra– aún más significativas.
3.    ¿Cómo debe enseñarse el Derecho en la Venezuela del 2010?
¡Vale! Admito que sigue siendo importante enseñar Derecho en Venezuela. ¡Ahora más que nunca! Pero responder a la pregunta de cómo debe enseñarse el Derecho en la Venezuela del 2010 no es asunto fácil. En realidad, desde hace ya algún tiempo se puso en revisión el método de enseñanza del Derecho en nuestras universidades, pero en estos dos años recientes resulta más complicado que nunca.
¿Qué enseñamos? En el caso del Derecho constitucional, ¿debemos enseñar el Derecho Constitucional que todos aprendimos y está escrito en nuestra Constitución formal, inspirado fundamentalmente en los aportes del constitucionalismo liberal y social y asociado principalmente al concepto racional-normativo descrito por García Pelayo? ¿O debemos explicar el Derecho Constitucional “socialista” o el “nuevo constitucionalismo latinoamericano” en boga, contenido en la legislación y la jurisprudencia recientes, ajeno a la Constitución formal pero parte de la Constitución real, más bien asociado al concepto sociológico de García Pelayo, al Socialismo y a ciertos postulados del neoconstitucionalismo?
¿Debemos explicar con todas sus letras e implicaciones el “nuevo” Derecho Administrativo, como si nada malo estuviera pasando en Venezuela? ¿O debemos sincerar la enseñanza y recuperar la Teoría y la Ciencia del Derecho para darle prioridad por encima de su propio objeto (el Derecho positivo)? ¿Podemos adoptar el “método de casos” para enseñar el Derecho, con base a una jurisprudencia mayoritariamente infame y sobretodo desprovista de fundamento científico? ¿Cómo conciliamos nuestro compromiso por enseñar con la frustración que nos produce hablar a los alumnos sobre valores, principios y reglas que simplemente son letra muerta? ¡No es fácil!
4.    ¿Cuál es el rol o misión de las Facultades de Derecho, así como de los estudios jurídicos de postgrado y de doctorado, en la Venezuela de hoy?
¡Vaya pregunta! La respuesta es tan compleja que ni siquiera me atrevo a proponer un borrador de conclusión. Como bien lo afirmó uno de quienes han intervenido en nuestra discusión: “[E]sta es una discusión trascendental, tan trascendental que hay que hacérsela llegar a la juventud que se pregunta perpleja y angustiada ¿qué sentido tiene estudiar derecho en Venezuela? Para resolverla, no queda otra que impulsar y convocar foros y jornadas de reflexión que nos permitan a todos debatir el asunto y proponer acciones y conclusiones. Ya la Universidad Metropolitana [Caracas, Venezuela] está trabajando en ello.
Continuará…

domingo, 7 de noviembre de 2010

El debate de la ciencia jurídica en Venezuela


Tráigame un poco de perspectiva,
una fresca y bien sazonada perspectiva
Anton Ego [Ratatouille: Pixar]
Inicio… 1/4
Por casualidad me topé con una controversia electrónica entre diversos colegas, algunos buenos amigos, que han debatido el rol que debemos jugar los abogados en Venezuela, y en especial aquellos que por ser profesores universitarios o por cualquier otro motivo, tenemos la responsabilidad no sólo de ejercer la profesión para nuestro legítimo beneficio individual, sino también la de formar los futuros juristas, y además formar opinión pública.
La controversia fue involuntariamente iniciada por un conocido abogado, quien hizo circular un correo electrónico en el que comentó la reciente entrada en vigencia de la largamente esperada Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa [LOJCA], cuyo articulado es aparentemente bueno, pero en cuyo Informe parlamentario para su segunda discusión se hicieron afirmaciones como estas:
El proceso contencioso administrativo… ha evolucionado ostensiblemente para dejar de ser el árbitro que tutela exclusivamente las garantías jurídicas de los administrados individualmente considerados y examina la mera legalidad de la actividad administrativa, para hacer prevalecer los intereses públicos”.
“… la Constitución de 1999 ha dado un salto cualitativo en la preceptiva de la justicia administrativa que viene a superar la ficticia contradicción entre los intereses públicos y los particulares”.
“… se puede afirmar que desde la perspectiva de la Constitución de 1999, se monta una sólida plataforma para la desaparición paulatina del Estado Liberal Burgués de Derecho para dar paso a un Estado con nuevo rostro, valores y paradigmas”.
Aunque algunas de las instituciones del naciente Estado descubren rasgos ya enunciados en el pasado, hoy requieren aplicaciones distintas y novedosas… para sustituir pacíficamente el antiguo modelo de justicia administrativa, por otro modelo que –todavía en construcción– satisfaga las exigencias de un sistema de justicia socialista y, por ende, profundamente humano…”
El debate inmediatamente posterior al primer correo se planteó en torno a dos alternativas aparentemente dilemáticas:
(i) La conveniencia de proseguir haciendo dogmática jurídica de las leyes que ha impuesto el régimen socialista en Venezuela o, como lo explicó su proponente, hacer un análisis conjunto, esto es, “estudiar las Leyes, con sus beneficios y ventajas, y al mismo tiempo, estudiar la mentalidad jurídica con la cual serán aplicadas. Por ello, al estudiar la LOJCA debe analizarse sus aspectos positivos y negativos, como corresponde con todo análisis jurídico objetivo, y al mismo tiempo, criticar el contexto en el cual esas Leyes serán aplicadas…”; o,
(ii) La conveniencia de no hacer dogmática jurídica de las leyes emanadas por el régimen pues, a juicio de uno de sus proponentes, ello implicaría caer en el juego de hacerle comparsa y reparar en nimiedades y pequeñeces. Lo preferible sería centrarse en lo verdaderamente fundamental, en lo principal: la denuncia de la ausencia de Estado de Derecho, con todo lo que ello significa, y hacer caso omiso al análisis dogmático de leyes e instituciones que en realidad han devenido en instrumento para su negación y destrucción sistemática.
Pero el debate se enriqueció aún más y ha propuesto por lo menos seis importantes interrogantes, que constituyen sin lugar a dudas un reto a la teoría de la Ciencia del Derecho en Venezuela, y un desafío a los abogados de nuestro país.
¿Tiene sentido estudiar Derecho en Venezuela?
¿Tiene valor enseñar Derecho en Venezuela?
¿Cómo debe enseñarse el Derecho en la Venezuela de hoy?
¿Cuál es el rol o misión de las Facultades de Derecho y de los estudios jurídicos de postgrado y de doctorado en la Venezuela de hoy?
¿Tiene provecho continuar haciendo dogmática jurídica en Venezuela?
¿Qué otras responsabilidades tenemos los juristas frente al País y a la profesión?
En los próximos artículos me propongo repasar –anónimamente, porque no tengo autorización de los participantes para difundir sus opiniones– algunos puntos de vista y ofrecer algunos criterios para profundizar en un debate tan trascendental para los abogados y los estudiantes de Derecho en Venezuela, y tal vez incluso para el País.
Continuará…

jueves, 2 de septiembre de 2010

Una isla es una isla... Por: Colette Capriles

Thomas More cuenta en Utopia que el patriarca fundador, Utopus, tomó como primera medida la de transformar el territorio recién conquistado, Abraxa, en una isla, destruyendo el istmo que lo unía a tierra firme. La insularidad vendría acompañada de fortificaciones; de hecho, la demolición del istmo fue llevada a cabo por los habitantes primigenios junto con los soldados del caudillo "para evitar que considerasen esa faena como humillante". El acto fundador es el aislamiento y la seguridad; es decir, la construcción de un espacio inmune al cambio y a la diferencia. Quedaba inaugurado el reino de "lo mismo".

Ha sido imposible para el Gobierno cortar la infinidad de istmos que nos unen al mundo. Ha optado, en cambio, por crear su propia isla, calco cada vez más exacto de aquella otra en la que, cruel metáfora, vuelven los zombis pero mueren los dignos. Y en la medida en que se muestra la imposibilidad de la implantación de la isla, se vuelve más necesaria.

El proyecto político del chavismo es, también, cada vez más sintético: crear una réplica de Cuba en este país y asfixiar, expulsar o demoler todo aquello que no quepa allí. Se ha cansado ya de pagar a letrados y a doctos para elaborar doctrinas menos crudas; en definitiva, la isla es propiedad de un caudillo y bastará con su imagen para justificarla.

El proyecto fracasa. Pero el mimetismo es más intenso. Y ha cruzado un espantoso umbral con la muerte de Franklin Brito. La misma crueldad, la misma atrocidad. Como si en la visita tributaria que dispensó Chávez a los Castro últimamente se hubiera producido alguna horrenda transfusión moral. La expropiación, el abuso, la burocratización primero; luego la psiquiatrización forzosa, juez de por medio; finalmente el campo de concentración: la clausura y el silencio. No es por omisión o negligencia que tuvo lugar esta muerte, sino que fue el resultado de un sistema que puso en juego todas las formas de exterminio de la diferencia. Que ese sistema se expanda más allá de la isla es lo que está en juego, y Chávez lo afirma cuando se plebiscita.

Ha dicho: "huele a 2012". Pretende así convertir la campaña electoral parlamentaria en otro plebiscito cambiando el horizonte temporal y afirmando, cómo no, su desprecio por la Constitución y por el Poder Legislativo, convertido en mero escenario de aclamación del monarca. Intenta convertir en irrelevante, desde ya, la derrota que se perfila. El hecho inminente de que a partir del 26 de septiembre su control sobre el Legislativo habrá disminuido. Pero más que la autonomía de los poderes, es otra cosa lo que le preocupa: la evidencia de la formación de una alternativa política que, al cabo de un par de años, lo sustituirá. La "demolición" que constituye el grueso de su oferta electoral es metáfora elocuente: reconoce la construcción, lenta y progresiva, de un movimiento que, con sus tensiones y contradicciones, es capaz de aglutinar la decepción, la inquietud, la aflicción de una sociedad atenazada por el abuso de poder.

Pero, ya lo decíamos: es el reino de "lo mismo". La intemporalidad de Utopía resulta venenosa. Chávez repite el esquema de 2007: promete radicalización y cartilla de racionamiento, confía en su propia mitología mientras esconde a sus impresentables candidatos, juega con el resentimiento creyendo que con ello mata el hambre, la decepción y la indignación. El país le responderá, sin duda, como en 2007.

Fuente: El Nacional. 02/09/2010. Caracas: Venezuela. Página A9. Negrillas añadidas.

domingo, 29 de agosto de 2010

El Gran Enemigo, por: Alberto Barrera Tiszka

Tome usted la palabra demoler. Póngala desnuda frente a sus ojos. Escúchela respirar lentamente. No suena demasiado bien: yo demuelo, tú demueles, él demuele. Pero ya comenzó a repetirse con demasiada prisa, con tanta facilidad. "Esa es la orden". Ellos demuelen.

Ellos deben demoler. No son candidatos con una propuesta sino armas con un objetivo.

"Esa es la orden". No deja de ser paradójico. La democracia participativa y protagónica se conjuga con verbos verticales y autoritarios. ¡Demuelan! Actúan como si la política fuera un videojuego: sólo gana quien destruye al otro.

Sospecho que la mayoría de los ciudadanos, de la mayoría de los países del planeta, sufrirían al menos un breve rapto de sorpresa si, en el contexto de unas elecciones parlamentarias, cualquiera de las fuerzas políticas en pugna se propusiera como programa y como consigna política esta moderna, civilizada y transformadora "Operación demolición". Más de uno, quizás, podría pensar que el fantasma de Augusto Pinochet se ha colado en la creatividad del oficialismo venezolano. El lenguaje nunca es inocente. En América Latina conocemos bien esa tradición de las palabras. Asómese a la historia. Los militares no piensan en ganar sino en aniquilar. Son verbos muy distintos. En el matiz de esos sonidos caben muchas formas de violencia.

Nada de esto es demasiado novedoso para nosotros. Cada vez más, el acto civil de elegir debe enfrentar un verbo que viene uniformado, que supone que la democracia es un escollo que sólo puede superarse con una guerra. La vez pasada, si mal no recuerdo, el verbo de campaña fue "pulverizar". Más de lo mismo. Son acciones que no toleran signos de puntuación, oraciones subordinadas, incisos, paréntesis... La idea de la representación y de la diversidad, que se oxigena detrás de cualquier noción de asamblea popular o de ejercicio parlamentario, queda inmediatamente suspendida cuando los otros se convierten en blancos enemigos. Las demoliciones no admiten sobrevivientes.

Así transcurre la polarización. Nos simplifica de manera aterradora. Suponer que todos los que apoyan al Gobierno son unos enajenados, cuya única conciencia es la corrupción o el quince y último financiado por el Estado, es tan básico y miope como creer que todo aquel que no apoya al Gobierno es un traidor a la patria, un mercenario pagado por los gringos. Pensar que la cuarta república fue el reino de la maldad, que no tuvo nada loable, es tan estúpido como creer que la quinta república no tiene ningún logro, no ha hecho nada bueno por el país. La polarización promueve emociones, no razonamientos. Conspira en contra de la densidad que ciertamente somos. Construye, de lado y lado, complicidades inaceptables. Promueve la histeria como marco teórico. Es la negación de la experiencia democrática: los demás, los distintos, los otros, los que no son como yo, están condenados a ser ilegítimos.

Porque la polarización también es un espectáculo. Estamos llenos de fetiches mediáticos; líderes, voceros, candidatos cuyo mayor mérito es salir en la televisión. La sociedad mediatizada vive todo el tiempo en la emergencia del rating, consumiendo constantemente una ilusión de realidad. "El memorial televisivo ­apunta el excepcional escritor argentino Juan José Becerra­ no admite la ambigüedad porque la ambigüedad no conmueve, es opaca y reflexiva: detiene la imagen". Esa es también nuestra tragedia: somos un país ambiguo sometido al implacable orden de la telegenia. La polarización sólo se alimenta de estereotipos.

Agarre usted la palabra demoler. Dele la vuelta. Trate de pronunciarla varias veces. No hay manera. Comenzar un proceso de selección parlamentaria con ese verbo es ya una incoherencia. Se trata del mismo absurdo de las voces oficiales que sostienen que la diversidad sólo es posible si todos somos rojos rojitos.

Una Asamblea Nacional es justamente lo contrario. Queremos elegir personas concretas, no colores. La campaña electoral que ha iniciado esta semana debería inaugurar una discusión de ideas, de proyectos, no una competencia de derrumbes. La palabra demoler no tiene orejas.

La polarización nos deja sin argumentos. Reduce los significados de cualquier debate. Su única consecuencia palpable es la mediocridad.

Trata de convencernos de que no es posible ser distintos sin suprimirnos, que las diferencias, en vez de hacernos crecer, nos debilitan, nos eliminan. Convierte la democracia en un trabalenguas.

Tal vez sea ese nuestro gran desafío de cara al 26 de septiembre. Ahí quizás todos somos un poco más iguales. La polarización es nuestro gran enemigo.

FUENTE: El Nacional. 29/08/2010. Siete Días. Página 7.
Negrillas añadidas

sábado, 22 de mayo de 2010

El valor de la Igualdad

Libertad vs. Igualdad. Es el falso dilema que suele atribuirse al dilema entre Capitalismo y Socialismo. Aunque son perfectibles, las democracias socialistas -o sociales- europeas han comprobado que Democracia y Libertad no son incompatibles con los valores de Igualdad y Solidaridad. Más aún, que el ejercicio de las libertades políticas y económicas son la base necesaria -mas no suficiente- para asegurar el ejercicio de los derechos sociales. Más aún, que para distribuir la riqueza y generar igualdad social, primero hay que crear la riqueza.

En la Venezuela que hoy tenemos, el argumento de la Igualdad Social ha sido la coartada para imponer el "Socialismo del siglo XXI", un sistema económico supuestamente más igualitario, pero a costa de las libertades económicas e incluso de algunas libertades políticas. Una consecuencia de ello podría ser -como lo escribió ayer Ibsen Martínez- la “derechización” del pensamiento en la sociedad venezolana. Esto es -según mi criterio- la posibilidad de que buena parte de la sociedad venezolana, razonablemente influida por el efecto destructivo que en nombre de la Igualdad ha tenido el gobierno de Chávez, llegue a pensar que la Igualdad no debe ser un valor o un principio fundamental del sistema político y económico

Tal vez para recordarnos que no debemos confundir la gimnasia con la magnesia, ni al gobierno de Chávez con la Igualdad, Saúl Lustgarten reseña en El Nacional de hoy [Pág. E8] la obra "Desigualdad: un análisis de la (in)felicidad colectiva", de Richard W. Wilkinson, en la cual se sostiene, con datos en la mano, que la desigualdad es la causa de los problemas sociales y de salud, al menos en el mundo desarrollado. La evidencia contenida en la obra demuestra una y otra vez -según Lustgarten- el mismo patrón: en los países desarrollados, mayor desigualdad está asociada con mayores problemas sociales y de salud. Para demostrar esta teoría, se recolectaron cientos de datos de fuentes tan acreditadas como ONU y el Banco Mundial. Según lo reseña Lustgarten

"EEUU, por ejemplo, tiene altos niveles de desigualdad y aunque es uno de los países más ricos del mundo, tiene la longevidad más baja de los países desarrollados y niveles de violencia altísimos. Más aún, dentro de Estados Unidos, los estados más desiguales presentan más problemas sociales y de salud que los más igualitarios. En casi todos los gráficos, Estados Unidos está acompañado por el Reino Unido y Portugal en el extremo inferior del espectro, mientras que Japón y los países escandinavos (que disfrutan de mayor igualdad) casi siempre están en el extremo superior

En general, se revela que la desigualdad está estrechamente relacionada con menor esperanza de vida, peor salud y mayor infelicidad en la población; las sociedades desiguales presentan mayor consumo de drogas, mayor número de embarazos adolescentes, más altos niveles de violencia, obesidad y encarcelamiento. Además, corroe la relación entre los miembros de distintas clases, disminuye la confianza y en tanto funciona como combustible del consumismo tiene mayor impacto negativo sobre el medio ambiente.

Quizás el hallazgo más sorprendente es que los problemas sociales y de salud no sólo son más comunes entre los sectores menos favorecidos la población, sino que el peso general de estos problemas es mucho mayor en las sociedades más desiguales. Es decir, si comparamos individuos de poblaciones distintas pero con la misma renta, aquellos que viven en sociedades más desiguales tienen peores condiciones de vida que los de su mismo nivel en las sociedades más igualitarias. Fundamentalmente, esto supone el aporte de un argumento empírico a favor de la igualdad en lo que usualmente es un debate informado más por convicciones políticas e ideológicas que por hechos. Sin embargo, hay que resaltar que este argumento está limitado por la muestra en la cual se basa su análisis, que en este caso esta conformada exclusivamente por países ricos."

Advierte Lustgarten que, aunque el libro no ofrece datos o evidencias sobre los efectos de la desigualdad en países subdesarrollados como Venezuela, "suponer que de alguna manera somos inmunes a los males documentados en otras sociedades sería presuntuoso", pues al fin y al cabo, "los mecanismos que la desigualdad desencadena en las sociedades tienen más que ver con nuestra fisiología y psicología que con nuestro ingreso, por lo que perfectamente pudieran estar activos en nuestro país."

En fin, el principal valor de la obra reseñada por Lustgarten es recordarnos "el valor de la igualdad en la construcción de una sociedad mejor", que no debemos olvidar los venezolanos a pesar de las circunstancias que vivimos, ni ahora ni cuando empiece la superación de la pesadilla. Nuestra mejor esperanza es que la Igualdad parece estar inscrita en la naturaleza humana, tanto como el derecho de Propiedad. Así lo demuestran experiencias de campo como esta, también descrita en el artículo de Lustgarten:

"Imagine la siguiente situación. Usted es emparejado con un desconocido y una suma de dinero, conocida por ambos, es entregada a su pareja. Esta debe dividirla a su antojo con usted, quien tiene derecho a aceptar o rechazar la oferta. Si usted la rechaza, ambos se quedan sin nada, pero si la acepta, cada uno se queda con el dinero tal como lo repartió su pareja. Los economistas llaman a esto el 'juego del ultimátum', y sólo ha de jugarse una vez. ¿Qué cantidad mínima requiere usted para aceptar la oferta? Y si fuera usted quien reparte, ¿qué cantidad ofrecería? Según el paradigma del 'agente racional', dominante en la teoría económica, los jugadores 'que responden' deberían aceptar cualquier oferta, mientras que 'los que ofrecen' deberían ofrecer la cantidad mínima posible de dinero, pues esto deja a ambos jugadores en mejor situación que si la rechazan. Sin embargo,... La mayoría de las personas ofrecen sumas más igualitarias (un promedio 43% y 45% de la suma total) retando directamente a quienes sostienen que la igualdad es contraria a nuestra naturaleza."

lunes, 17 de mayo de 2010

La libertad de irse

El día de ayer, domingo 16 de mayo, una vez más el escritor Rafael Osío Cabrices compartió con sus lectores dominicales su recurrente inquietud a propósito de la emigración sin precedentes de venezolanos al exterior. Y una vez más, la suscribimos enteramente.

"El 23 de abril, en su programa de radio, César Miguel Rondón reprodujo cuatro testimonios de jóvenes profesionales venezolanos que viven en el exterior. Ninguno de ellos se arrepentía de su decisión. Eran dos médicos, ambos en España; un abogado en Panamá y un ingeniero petroquímico en Qatar. Estaban estudiando postgrados, los tres primeros, con la intención de quedarse allá, y el cuarto había conseguido empleo en ese emirato del Golfo Pérsico luego de que fracasara la huelga petrolera de 2002 y 2003. Luego, Rondón entrevistó a la responsable del sitio web Mequieroir.com, ahora establecida con su empresa en Montreal, quien dijo que en 2009 y 2010 habían aumentado las visitas a su website a la increíble cantidad de 50.000 diarias. A continuación, dos psicólogos dieron unas cuantas ideas acerca de las razones de esta fuga de cerebros, así como de las muchas consecuencias que eso tiene para este país.

A diferencia de otras naciones latinoamericanas, en Venezuela los que emigran son los más capaces, por lo general gente de entre veinte y cuarenta y pocos años que se va a estudiar, a trabajar (aunque no sea en su profesión) o a mudar sus empresas a ambientes más propicios. Es talento que el país ha formado y que está perdiendo, capital humano y económico, justamente la gente que hará mucha falta para reconstruir Venezuela del estado en que está. Muchos más quisieran irse también y no pueden o no encuentran cómo hacerlo. Muchos más se irán en el futuro cercano. Y esto es inevitable.

Lo grave de esto es que es perfectamente legítimo. Al menos a mí no se me ocurre ningún argumento con peso para decirle a mis amigos que no se vayan. No tengo ninguna cifra sobre la disminución de la inseguridad, sobre la mejora de la economía, sobre la derrota de la burocracia o sobre el retroceso del oscurantismo autoritario al que buena parte de esta sociedad se entregó. Y nuestra generación, los que nacimos en los años 70, sólo hemos visto al país decaer: nos tocó ver el declive económico en la primaria, el Caracazo en bachillerato y el regreso del caudillismo militar en la universidad. A los que estudiamos periodismo, de paso nos tocó aprender a ejercerlo bajo insultos y amenazas permanentes.

Lo grave de esto es que todo el mundo tiene la libertad de irse. Que en mi opinión, y en la de unos cuantos más, no hay ninguna obligación de permanecer donde uno no quiere estar, donde uno no se siente bienvenido ni apreciado ni defendido, sino todo lo contrario. Venezuela se ha convertido en un país que persigue la inteligencia, proscribe el individualismo y condena de entrada todo acto de libertad. Un país que ha prohibido el futuro y que ha vuelto asfixiante el presente. Un país que exalta, más que nunca, a la fuerza sobre la razón.

Irse no es fácil, cuentan todos los que se han ido, ni por lo que se deja ni por lo que se tiene que aprender. Implica alejarse de los afectos. Pero es una prerrogativa de los individuos libres, una de las pocas que todavía nos quedan: la de hacer lo que hay que hacer para vivir en un lugar mejor, levantar en paz una familia, poder poner en práctica lo que uno ha aprendido y aprovechar la etapa más productiva de la vida. Uno tiene la libertad de vivir en un país donde el mero hecho físico de vivir no esté permanentemente amenazado
."

Fuente:
El Nacional / Todo en Domingo - Domingo 16 de Mayo de 2010 / Pág. 8

jueves, 13 de mayo de 2010

La claustrofobia de los cubanos

¿Quién es Yoani Sánchez? Es una licenciada en filología que mediante un blog, La Generación Y, relata la vida de los cubanos con originalidad y pocos recursos. Usualmente, manda sus tweets mediante mensajes de texto que envía a través de su celular a un servidor en otro país, que los retwittea, y gracias a la recarga de saldo que le hacen a su celular muchas personas en el mundo. Para manejar su blog, la joven cubana paga por minuto para usar una de las pocas computadoras conectadas a internet y disponibles en La Habana: se viste de turista y usa las computadoras de los hoteles, reservadas para los visitantes extranjeros.

En el 2008 fue distinguida con el Premio Ortega y Gasset de Periodismo que concede el diario español El País. Y en el 2009 fue distinguida con el premio María Moors Cabot, el más antiguo del periodismo internacional. Ninguno de los premios pudo recibirlo porque no le dieron permiso para salir de su país. Si quieren saber más de ella pueden ver: http://www.talcualdigital.com/Protagonistas/Viewer.aspx?id=26963.

Ayer aprovechó que estaba conectada en un hotel para mandar la ráfaga de tweets que más adelante les copio. "No sé cuantos días tendré que pasarme después sin Internet, de manera que tengo que aprovechar los 140 caracteres ahora.”. Esta es su historia de 32 tweets sobre la claustrofobia que viven los cubanos.

  1. Que horror! A Claudia Cadelo acaban de negarle el permiso de salida para ir a
    un evento blogger en Alemania.
  2. Por que los ciudadanos cubanos tenemos
    que seguir siendo como niños pequeños que piden permiso para salir de casa?
  3. La negativa del permiso de salida a Claudia Cadelo demuestra la penalizacion que en Cuba recibe el que opina diferente al gobierno.
  4. Permiso de salida: grillete atado al pie de once millones de cubanos.
  5. No hay una sola justificacion para mantener las abominables restricciones migratorias que sufrimos los cubanos.
  6. Por qué un parlamentario no se para en la Asamblea Nacional y pide que eliminen el humillante Permiso de Salida?
  7. Las restricciones migratorias se han convertido en una rentable industria que mueve lo mismo dinero que lealtades politicas.
  8. No somos niños pequeños y ellos tampoco son nuestros padres, así que deben dejarnos salir de casa.
  9. Las oficinas de imigración y extranjeria son verdaderos patibulos para los inconformes. El castigo: la reclusión forzada en esta Isla.
  10. El motivo por el que no dejan a Claudia Cadelo salir del pais es su sincero blog http://www.octavocerco.blogspot.com
  11. La negativa constante de permisos de salida en Cuba es un crimen de lesa movilidad.
  12. Los cubanos fuera de la aldea global por las restricciones comunicativas y migratorias.
  13. Imaginense que como un bebe necesito que "papa" estado me autorice a subir a un avion. Claudia Cadelo se ha ganado la ultima reprimenda.
  14. Piensen por un momento que necesitan solicitar permiso para poder salir de su pais-feudo? Es un poco claustrofobico, no?
  15. Largas colas, pagos en moneda convertible y muestras de mansedumbre para poder obtener una autorizacion de viaje.
  16. Tengo un pasaporte lleno de visas y ningún permiso de salida.
  17. @claudicadelo Por escribir un blog y decir lo que piensa, ha sido castigada a ser una "peregrina inmovil"
  18. Querida @claudicadelo todo esto va a terminar, ya esta terminando y vas a poder viajar a donde quieras.
  19. Es una industria de la expoliacion: un pasaporte cuesta el salario de tres meses de trabajo y un permiso el de más de medio año.
  20. Esta isla no es de "ellos", por que tiene que limitarnos la movilidad?
  21. Me pregunto si alguna corte internacional acepta demandas contra delitos de "lesa movilidad". Me apunto si hubiera alguna.
  22. Somos tantos los impedidos de viajar que podríamos crear un verdadero club de condenados a quedarse.
  23. Aprovecho que estoy conectada en un hotel, para mandar esta rafaga de twets.
  24. No sé cuantos días tendré que pasarme después sin Internet, de manera que tengo que
    aprovechar los 140 caracteres ahora.
  25. Nuestros derechos de movilidad en manos de militares, que no dan explicaciones. A @claudiacadelo le dicen "no puede viajar por el momento"
  26. La misma frase me han dicho a mi cinco veces en dos años... "no puede viajar por el momento" y cuál es el momento en que podré?
  27. No pienso irme definitivamente de mi país, pero quiero poder viajar, intercatuar con mis amigos, conocer otros lugares.
  28. @claudiacadelo estaba invitada a un evento blogger en Alemania, su viaje era importante para toda la blogosfera alternativa.
  29. @claudiacadelo tu viajas cada dia virtualmente con tu blog, mas temprano que tarde tambien podras hacerlo fisicamente.
  30. Un pais donde existen limitaciones para sus propios nacionales de entrar y salir, se comporta como una cárcel, funciona como un centro penal
  31. Ya me liberé una vez del autoritarismo paterno, ahora me falta sacudirme el del Estado.
  32. Tweet a tweet, blog a blog, se hace camino al contar.